Juezas fallan a favor de deportistas en el caso de Federación Ecuatoriana de Lucha

 


El Tribunal Único de Garantías Penales del Guayas dictaminó en una audiencia el jueves 16 de diciembre que la Acción de Protección solicitada por Randy Rafael Quevedo Chóez en contra del Comité Olímpico Ecuatoriano por no reconocerlo como presidente de la Federación Ecuatoriana de Lucha (FELA) es improcedente. Los deportistas Andrés Montaño y Luisa Valverde cuentan con el respaldo del presidente Jorge Delgado Panchana.

Basado en sus estatutos y avalado por los principios de la Carta Olímpica, el COE solicita a las Federaciones Ecuatorianas por Deporte una serie de documentos antes de reconocer a sus directorios. En el caso de la FELA, que argumenta haber celebrado su proceso eleccionario en mayo pasado, no cuenta con la documentación de su Federación Internacional (United World Wrestling), en el que se reconozca al directorio del señor Randy Quevedo.

Además, varios de sus deportistas denunciaron irregularidades en dicho proceso eleccionario. Dos de sus atletas insignes Andrés Montaño y Luisa Valverde acudieron al COE y recibieron su total respaldo. Por ello este jueves, en la audiencia el presidente Jorge Delgado estuvo con los luchadores.

Randy Quevedo interpuso una acción de protección en contra del COE por una supuesta vulneración de derechos al no ser reconocido como presidente de la FELA y por consiguiente no participar de las elecciones del máximo organismo olímpico del país el pasado 4 de septiembre.

En su defensa el COE presentó las documentación y pruebas pertinentes alegando que la FELA no cuenta con el reconocimiento de su filial internacional. Además, la Acción de Protección no fue el último recurso del organismo deportivo, pues pudo haber agotado otras instancias.

En el caso de las elecciones del COE se dieron bajo todas las directrices como menciona la Carta Olímpica y es un tema que está cerrado. El directorio del Capitán Jorge Delgado que ya asumió plenamente funciones el 4 de diciembre, cuenta con el reconocimiento del Comité Olímpico Internacional y del Ministerio del Deporte.

Por ello, el Tribunal Único de Garantías Penales del Guayas determinó improcedente la Acción de Protección solicitada por Quevedo, ya que consideró que el COE no vulneró los derechos del demandante, ni de la FELA.

Foto e Información: Comité Olímpico Ecuatoriano

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